Nota aclaratoria: Las competencias en labores de conservación de infraestructuras en el dominio público hidráulico
Sala de prensa
Nota aclaratoria: Las competencias en labores de conservación de infraestructuras en el dominio público hidráulico
Nota aclaratoria: Las competencias en labores de conservación de infraestructuras en el dominio público hidráulico
En relación con la noticia publicada el sábado en la prensa asturiana sobre el paso rodado y peatonal en la localidad de Villanueva, se realiza la siguiente aclaración.
La Confederación Hidrográfica del Cantábrico no tiene competencias para realizar actuaciones de conservación y mantenimiento en obras de paso o infraestructuras como puentes, azudes, aliviaderos, vías de paso u otros, de acuerdo con el artículo 126 ter del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, corresponde al titular de la obra de paso o infraestructura su mantenimiento, así como la eliminación de las obstrucciones que puedan disminuir la capacidad de desagüe del cauce.
Por ello, la Confederación Hidrográfica del Cantábrico no es el organismo competente en el mantenimiento del denominado Puente Vieyu, sobre el río Sella, que une Villanueva con la zona de Vega los Caseros (Parres) y la carretera N-625 (León-Santander por Cangas de Onís).
- Descargar nota aclaratoria
(PDF: 0,1 MB)