Las inundaciones son el fenómeno natural que mayores daños, tanto materiales como en pérdida de vidas humanas, provoca en España.

Las inundaciones son fenómenos naturales que no pueden evitarse pero sí podemos adoptar medidas para disminuir sus efectos negativos.

El principal factor que provoca el riesgo de inundación es la ocupación de terrenos inundables por usos vulnerables: viviendas, industrias, infraestructuras, etc. En las cuencas cantábricas, además de por la ocupación histórica de las zonas inundables, el impacto de este fenómeno natural es elevado por las elevadas precipitaciones y las características de nuestros ríos.

 

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¿Cómo puedo saber si estoy en una zona inundable?

En las zonas con mayor riesgo de inundación la Confederación Hidrográfica ha elaborado mapas de zonas inundables para que las administraciones y  los ciudadanos seamos conscientes del riesgo que implica ocupar esas zonas. Puedes consultarlos:

  1. Para el ámbito de la CH Cantábrico, en el apartado mapas de zonas inundables, en formato PDF.

    También puedes consultarlos en nuestro visor cartográfico. Para ello:

    • Si conoces las coordenadas de tu finca o inmueble introdúcelas mediante la herramienta localizar.

    • Si no las conoces, puedes localizar la población más cercana mediante la herramienta de búsqueda. Utiliza la herramienta zoom para localizar la zona que te interesa. Selecciona la herramienta “Lista de capas” y activa la capa "Gestión de riesgos de inundación".

  1. Para el ámbito de la CH Cantábrico y del resto de cuencas hidrográficas en el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables.

Si tu finca o parcela no figura en la capa sobre riesgos de inundación del visor cartográfico de la web puedes solicitar información sobre la inundabilidad de la finca y sobre las limitaciones legales relacionadas con dicha situación, que pudieran afectar al uso o posibilidad de construir en la finca.

 

¿Qué es un informe de inundabilidad y cómo puedo obtenerlo?

Es un estudio de carácter técnico elaborado por personal de la Confederación Hidrográfica del Cantábrico en el que se valora la posible inundabilidad de las fincas limítrofes con un cauce público.

Efectuada esa valoración, se especifican en el informe las limitaciones legales para posibles usos o actuaciones en las fincas (obras, construcciones, etc.).

Para solicitar un informe de inundabilidad de una finca, parcela o terreno, debes presentar una solicitud por registro (más información en Registros).

Para ello, utiliza el modelo de instancia general que te ofrecemos en Otras solicitudes (Información e impresos) e indica que solicitas un informe de inundabilidad. Debes aportar los datos del solicitante y los datos concretos de la ubicación del terreno, finca o casa para el que se solicita el informe.

Te informamos también de que la tramitación del procedimiento conlleva el pago de una tasa por la realización de informe técnico. Más información en Tasas y cánones.

 

¿Qué puedo hacer si mi vivienda está en zona inundable?

  • Conocer el Plan Especial de Protección Civil ante el Riesgo de Inundaciones de tu comunidad autónoma y, en caso de existir, también el Plan de Actuación municipal o local.

  • En caso de crecida del río, seguir las instrucciones facilitadas por tu ayuntamiento y el personal de Protección Civil. Puedes consultar recomendaciones generales de Protección Civil en este enlace.

 

¿Cómo protegerse frente a las inundaciones?


 

¿Por qué debe constar en el Registro de la Propiedad anotación registral sobre la inundabilidad de una construcción?

Para garantizar la seguridad de las personas y bienes, la normativa en materia de aguas establece limitaciones a los usos en las zonas inundables.

En la zona de policía de cauces (100 m a cada lado del cauce) cualquier persona que quiera implantar usos debe solicitar autorización a la Confederación Hidrográfica, que evalúa si se cumplen las limitaciones que existen en las zonas inundables. Además, en el caso de que sea una obra nueva, para obtener la autorización la normativa establece que antes del inicio de las obras el promotor debe disponer del certificado del Registro de la Propiedad donde conste la anotación que informa sobre la inundabilidad de la construcción. Además, el promotor debe declarar responsablemente que conoce y asume el riesgo de inundación existente, las medidas de protección civil aplicables y traslade esa información a los posibles afectados.

Fuera de esos 100 m son las administraciones competentes en ordenación del territorio y urbanismo las que deben asegurar se cumplen las limitaciones que establece la normativa.

 

Última actualización: noviembre de 2024